Al contratar un seguro de vida, designamos a uno o varios beneficiarios primarios que serán quienes reciban los beneficios del seguro en caso de fallecimiento del asegurado.
Si se elige a más de un beneficio primario o beneficiario principal, es necesario determinar cuál es el porcentaje que deberá recibir cada uno de los beneficiarios. En el supuesto de que algún beneficiario primario fallezca antes que el asegurado, el porcentaje que debía recibir le correspondería al resto de beneficiarios primarios.
¿Y si solo existe un beneficiario primario y este muere antes que el asegurado?
¿O si todos los beneficiarios directos fallecen antes de que lo haga el asegurado? En estos casos, la persona que recibiría la prestación sería el beneficiario contingente. O los beneficiarios contingentes si se designa a más de uno.
Normalmente no es necesario nombrar un beneficiario contingente al contratar un seguro de vida. Al igual que ocurre con el beneficiario primario, si elegimos a más de un beneficiario contingente tenemos indicar qué porcentaje de beneficio le corresponde a cada uno hasta sumar el cien por cien del total. Si fallece alguno de los beneficiarios contingentes, el porcentaje que iba a recibir ahora le correspondería a los beneficiarios contingentes restantes.