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¿Cuáles son los Informes de las OCT?

Filed Under: Blog, Seguridad en la construcción

Los Organismos de Control Técnico (OCT) son entidades independientes cualificadas para realizar un análisis y seguimiento de las fases de proyecto y ejecución durante la cual se lleva a cabo el proceso edificatorio. Estos análisis son conocidos como los Informes de OCT.

Las OCT tienen como misión controlar la calidad del proyecto, la ejecución material del proceso de edificación, la correcta sujeción de la obra al proyecto y la adecuación a la normativa aplicable. Por tanto, dado que el primer control en obra lo realiza la Dirección Facultativa, las OCT llevan a cabo un segundo control externo e independiente, que repercute favorablemente en la calidad de la construcción. Este es el primer motivo por el cual, a pesar de no ser obligatorio, es recomendable que todas las obras tengan una OCT velando por la buena praxis profesional de todos los agentes de la edificación participantes en la fase de proyecto y ejecución.

Además, la gran mayoría de las aseguradoras exigen la participación de una OCT para poder suscribir el seguro decenal. Al menos para las obras vivas siempre serán necesarias.

Una OCT siempre sale rentable

Si buscas un seguro decenal sin OCT lo más probable es que la prima del seguro decenal se dispare puesto que no se dispone de la auditoría técnica que realiza la OCT en la obra. Por tanto, la única información que se pueda recabar de cómo se ha llevado a cabo la construcción de la obra es la que pueda aportar el director de obra y director de ejecución.

Por tanto, a la larga, la contratación y realización de los Informes de OCT siempre sale rentable.

¿Cuáles son los informes obligatorios de las OCT?

A continuación se describen los informes comunes para todas las obras, y se determinan también aquellos informes específicos para obras concretas que los requieran.

Fase 1 – Control de proyecto

Informe D0 – Definición de Riesgo

El informe D0 se suele realizar durante la fase de proyecto y realiza un análisis previo de la obra a ejecutar y un control de los sistemas constructivos previstos y de la adecuación al terreno según el estudio geotécnico.

Además, en dicho informe se realiza una previsión de informes a emitir y las fechas de los mismos, y se emite la primera valoración del riesgo como normalizado o agravado.

Informe D0.1 – Revisión de Proyecto de Estabilidad

Se realiza un control técnico enfocado en el Proyecto desde el punto de vista  de la estabilidad de la edificación. Es un informe fundamental para evaluar y definir el riesgo según la garantía decenal de daños.

Informe D1.1 – Unidades de cimentación especiales

En caso de que existan unidades de cimentación que puedan tener una consideración especial (arcillas con potencial expansivo, cimentación inmergida en el nivel freático, pendiente del terreno superior al 15%…) se realizará este informe en el que define las condiciones a las que está expuesta la cimentación y las medidas correctoras que se deben ejecutar en caso de que fuera necesario.

Control de Ejecución de la Obra

Fase 2 – Control de Ejecución de la obra

Informe D5.1 – Ejecución de cimentación

El informe D5.1 realiza la evaluación de riesgos correspondiente a los materiales, a la ejecución de las unidades de cimentación y a elementos de saneamiento, drenajes u otras instalaciones que puedan afectar al sistema que se está ejecutando. Se informa de posibles modificaciones de proyecto y de la idoneidad de estos posibles cambios.

Informe D5.2 – Ejecución de estructura

El informe D5.2 realiza igualmente la evaluación de riesgos correspondiente a los materiales, a la ejecución de las unidades de la estructura. Se comprueba en la obra que las unidades ejecutadas concuerdan con las proyectadas y en caso de existir modificaciones que han sido controladas en su diseño y cálculo.

Informe D5.3 – Ejecución de fachadas y cubiertas

El informe D5.3 realiza el control sobre unidades que no son objeto directo del seguro decenal de construcción pero que si están vinculados, por lo que es preciso conocer que están ejecutadas de manera correcta.

Se debe comprobar la adecuación de las unidades de fachada y cubierta, es decir, la envolvente de la obra, a lo establecido en proyecto valorando el riesgo en lo que a la estabilidad del cerramiento se refiere, en la medida que pueda afectar a la estabilidad estructural de la obra.

Fase 3 – Control obra finalizada

Informe D6 – final de obra

Por último, en el informe D6 se realiza un resumen y recopilación de todos los informes anteriores, con especial interés a las Reservas que se hubieran podido efectuar y a la Cancelación de las mismas. Se informa de las fechas de final de obra y recepción por parte del Promotor, del coste final de la edificación con respecto a lo previsto. Se emite la valoración definitiva del riesgo. Es fundamental para la contratación del seguro decenal que el riesgo no tenga Reservas Técnicas no Canceladas.

Además de estos,en función de cada obra se podrán emitir también los siguientes informes de OCT:

DO.2 – Revisión de Proyecto de Estanqueidad

Para obras en las que se desee contratar la garantía trienal de impermeabilización de fachada y estanqueidad de cubiertas. La OCT deberá emitir este informe de supervisión del proyecto en lo relativo a estas partidas.

Informe D2  – Sistemas / Materiales no tradicionales

En el caso de obras con sistemas constructivos no tradicionales, será necesaria la emisión de este informe donde se valore el sistema constructivo, con indicaciones e información de los materiales y técnicas empleados, proveedores, fabricantes y tiempos que se lleva empleando dicho sistema en la zona geográfica.

Informe D3 – final de Estanqueidad

Ídem al informe D02 pero conforme a la ejecución de las partidas de impermeabilización y a la correcta ejecución, a las comprobaciones y pruebas necesarias para definir la estanqueidad.

Informe  D3bis – Final de Estanqueidad – Finalización período observación

Este informe corrobora el estado del sistema de impermeabilización y estanqueidad 12 meses posteriores a la finalización de la obra.

Informe D4 de Preexistentes

Informe que se elabora para obras que no son de nueva planta, sino que una parte del edificio de la obra ya existía al inicio de los trabajos. Debe ahondar en el estudio de patologías existente y adecuación de la obra ejecutada al propio preexistente.

Informe D7  – Incidencias – Obra empezada

Para obras cuyo informe D0 se haya realizado posteriormente al inicio de la obra. O en su caso, que hayan sufrido paralización superior a un mes, cambios de intervinientes o agravación del riesgo (emisión de Reservas Técnicas) se realizará este informe de manera que quede constancia de estas incidencias y se valore su resolución.

Especialistas en Seguro Decenal

Los seguros de construcción son nuestra especialidad. Además, contamos con un equipo de técnicos cualificados que resolverán cualquier duda. Ponte en contacto con nosotros, te atenderemos gustosamente y te pasaremos una propuesta sin compromiso.

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Qué cubren los seguros para bares y restaurantes

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Todo lo que necesitas saber sobre los seguros para bares y restaurantes. La mejor garantía para proteger tu patrimonio y tu actividad.

El sector de la hostelería en España está de enhorabuena. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en el pasado mes de agosto este sector facturó un 4,1% más con respecto al mismo mes en 2016. Tras la crisis, la cultura de los bares que tan bien aprendida tenemos en nuestro país ha vuelto por sus fueros y los locales vuelven a llenarse como entonces.

¿Sabías que España es el país con más bares del mundo? Un informe de la consulta Nielsen revela que España tiene cerca de 250.000 locales de restauración. Eso significa que hay un bar por cada 175 personas. Sorprendente, ¿verdad?

Está claro que una de las cosas de las que podemos jactarnos en nuestra tierra es de gozar de un tiempo espléndido y una gastronomía fabulosa. El resultado de fusionar una cosa y otra es esa cultura de los bares a la que hemos hecho mención antes, que por otro lado tan bien le sienta al empleo en nuestro país.

 

Seguros para bares, ¿qué necesitas?

seguros necesarios en un bar

Bares y restaurantes representan, por tanto, uno de los segmentos con mayor demanda de seguros para comercios centrados en el sector de la hostelería. En este sentido, entre los seguros para bares y restaurantes, hay tres que se consideran fundamentales para cualquier negocio de hostelería y/o restauración:

  • Seguro Multirriesgo Comercio.
  • Seguro de Responsabilidad Civil.
  • Y el seguro Accidente Convenio.

Veamos detenidamente las características y coberturas de los seguros para hostelería para así entender su importancia dentro del sector.

 

Seguro Multirriesgo Comercio

seguro multirriesgo comercio hosteleria

El seguro multirriesgo de comercio es uno de los más contratados. La razón es bien sencilla: para proteger el patrimonio del empresario. Son muchos los imprevistos que pueden poner en peligro la estabilidad de un negocio de hostelería. Y, por ende, generar pérdidas patrimoniales para el hostelero.

 

En la mayoría de los casos el seguro multirriesgo cubre tanto el continente (estructura física o edificación) como el contenido (bienes que están dentro del local). Esto puede diferir si quien explota el negocio no es el propietario del local, asegurándose en estos casos solamente el contenido y siendo aconsejable contratar una cobertura de continente a primer riesgo al menos de 3.000€ para agilizar los trámites en caso de siniestro de robo con daños a la puerta, ventanas o escaparates del local. ¿Y cuáles son las coberturas que no deben faltar en mi seguro de comercio para estar protegido? Daños provocados por incendios, explosiones, caídas de rayos, daños por agua, lluvia, inundaciones, daños eléctricos, etc.

Igualmente, es importante destacar en los seguros para bares y restaurantes la cobertura por robo. Y desperfectos por robo o intento de robo. Optativamente, puede incluirse además del robo de efectivo de la caja, el robo a los propios Clientes del local.

En cualquier caso, antes de contratar una póliza de seguros para un negocio de hostelería, es recomendable contar con el asesoramiento de una correduría de seguros para determinar correctamente los capitales asegurados y las coberturas mínimas a contratar para estar protegido en la mayor medida posible.

 

Seguro Responsabilidad Civil para Hostelería / Restauración

seguro responsabilidad civil hosteleria

Tanto los seguros para bares como los seguros para restaurantes incluyen por normal general la cobertura en materia de responsabilidad civil. La importancia del seguro de Responsabilidad Civil en comercio responde al igual que en el resto de sectores a la responsabilidad civil extracontractual, regulada en el artículo 1902 del Código Civil: “El que por acción y omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

 

En los seguros para bares y restaurantes cobra especial interés la cobertura de responsabilidad civil del producto. Aplicado al caso que nos ocupa, esta garantía es necesaria para asegurar los daños que lleguen a causar los productos alimentarios producidos en el bar o el restaurante. Por ejemplo, una intoxicación alimentaria.

Además, dependiendo del local y del tipo de servicios que prestan a su clientela, puede que se acojan a la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, donde entre otras cuestiones, se fija un capital a mínimo a contratar para la responsabilidad civil en función de su aforo. Para la Junta de Andalucía, por ejemplo, los capitales previstos en los contratos de seguro de responsabilidad civil, para responder por daños personales con resultado de muerte e invalidez absoluta permanente, son los siguientes:

  • Establecimientos públicos con aforo autorizado hasta 50 personas: 225.000 euros.
  • Establecimientos públicos con aforo autorizado de 51 a 100 personas: 375.000 euros.
  • Los establecimientos públicos con aforo autorizado de 101 hasta 300 personas: 526.000 euros.
  • Establecimientos públicos con aforo autorizado de 301 hasta 700 personas: 901.000 euros.
  • Establecimientos públicos con aforo autorizado superior a 700 personas: 1.201.000 euros.

 

Seguro accidente convenio hostelería

seguro accidente convenio hosteleria

El seguro accidente convenio cubre los accidentes laborales de los trabajadores en caso de fallecimiento o invalidez. Consiste en una indemnización que el convenio colectivo de hostelería establece en caso de fallecimiento o invalidez por accidente laboral.

 

La no contratación de este seguro por parte del empresario no lo exime del abono de la indemnización en caso de producirse un accidente laboral con resultado de muerte o invalidez. Por tanto, este seguro es un gasto que todo empresario debería plantearse contratar dentro del sector de la hostelería.

Los capitales a indemnizar varían según el convenio colectivo de hostelería de cada región o provincia. Un ejemplo, los capitales a cubrir para el seguro de convenio de hostelería en Sevilla en 2017 serían:

  • Por fallecimiento a causa de accidente laboral: 30.050,60 euros.
  • Por gran invalidez a causa de accidente laboral: 30.050,60 euros.
  • Finalmente, por incapacidad permanente absoluta a causa de accidente laboral: 30.050,60 euros.

 

Seguros para Restaurantes, Morera & Vallejo Correduría de Seguros

¿Cuánto cuesta asegurar un bar? ¿Estás buscando seguros para restaurantes? Si necesitas asesoramiento para la póliza de seguros de tu negocio, contacta con nosotros. En Morera & Vallejo Correduría de Seguros trabajamos con las principales compañías del sector y podemos ofrecerte condiciones muy ventajosas para tu seguro.

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